EPISODIO 9 | TEMPORADA 2
Medios de defensa fiscal, ¿cómo proteger tus derechos?
FECHA
13 de junio de 2024
DURACIÓN
54m 32s
PRESENTA
Marco A. Carreño
Host TERGUM El Pódcast
Magdiel Olano
Hostess TERGUM El Pódcast
INVITADOS
Faustino Hidalgo Ezquerra
Magistrado del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa
Francisco Manuel Orozco
Magistrado del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa
¿Sabes cómo funcionan las leyes fiscales en México?
En este nuevo episodio, nuestros invitados expertos, los magistrados Faustino Hidalgo y Francisco Manuel Orozco, nos explican cuáles son las herramientas que otorgan las leyes fiscales para la defensa de los particulares ante delitos por dolo u omisión, así como cuáles son las sanciones establecidas para las personas que no cumplen con sus obligaciones.
Además, profundizan en los errores que el sistema llega a cometer y que podrían convertirse en violaciones de derechos humanos contra los particulares, destacando cuáles serían los pasos a seguir para llevar el caso ante las autoridades correspondientes.
¡No te lo pierdas!
EPISODIO 9 | TEMPORADA 2
Medios de defensa fiscal, ¿cómo proteger tus derechos?
SEGMENTO 1: Pago de impuestos en plataformas digitales
Entonces, ustedes saben, hoy en día que voy a presentar mi Declaración de impuesto sobre la renta, por ejemplo, por la prestación de servicios profesionales, entro a la página del SAT con una clave, una contraseña, y ahí están todas las facturas que yo expedí, todos los CFDI, todos los comprobantes que expedí y también los que me expidieron.
Y, es más, ya la computadora te calcula el impuesto, pero no es definitivo, puedes ajustar, puedes agregar unas que no están, quitar otras que no procedan. Entonces, hoy por hoy, es mediante la autoliquidación ayudada por el Estado con las plataformas tecnológicas como se realiza el pago.
SEGMENTO 2: Las sanciones fiscales se pueden evitar
¿Qué quiere decir esto? Antes de que la autoridad descubra la omisión en el pago de la contribución, yo me doy cuenta, me asesoro y presento una declaración complementaria, como decía el magistrado, y esto se considera cumplimiento espontáneo de la obligación.
¿En qué nos beneficia? Que, en ese caso, no va a haber lugar a imposición de sanciones, no se considera la existencia de una infracción y mucho menos de un delito, ¿sí?
Si el particular reconoce una omisión en el cumplimiento de la obligación no determinada por la autoridad, en forma espontánea, puede cumplir con esa obligación.
SEGMENTO 3: El gobierno está obligado a dar asistencia
Cuando tuvimos la oportunidad de estar en Hacienda, una de las labores más importantes que realizábamos, no me dejarás mentir, era ésa, la de Asistencia al Contribuyente, porque es muy importante, en la medida que el contribuyente tenga elementos, va a cumplir y va a evitarse riesgos de que le impongan una multa o le determinen una contribución.
SEGMENTO 4: El gobierno está obligado a dar asistencia
Entre esas facultades está la práctica de visitas domiciliarias, que digamos que es la facultad de comprobación por excelencia, porque implica la presencia física de un grupo de auditores en el establecimiento del contribuyente visitado y una revisión física de todos los elementos que integran la contabilidad, para verificar si hay o no un cumplimiento correcto de la obligación fiscal.