Podcast Temporada 2 Episodio 3

EPISODIO 3 | TEMPORADA 2

Reforma al poder judicial: implicaciones para la democracia

FECHA

21 de marzo de 2024

DURACIÓN

1h 8m

PRESENTA

Marco A. Carreño

Magdiel Martínez

INVITADOS

Mazziel Santiago

Abogado postulante y asesor jurídico en TERGUM

Bruno Vázquez

Abogado en materia laboral y maestrante en Ciencias Políticas por la BUAP

Una reforma al Poder Judicial de la Federación podría tener repercusiones en diferentes ámbitos, como el social o el empresarial.

La propuesta de Reforma al Poder Judicial es un parteaguas para la impartición de justicia en nuestro país, pues no solo implica la elección de jueces y magistrados por vía del voto popular, sino una adaptación del sistema judicial a nivel nacional.

Para analizar a fondo el tema, nos acompañan dos grandes invitados: Mazziel Santiago, abogado postulante y asesor jurídico en TERGUM; y Bruno Vázquez, abogado en materia laboral y maestrante en Ciencias Políticas por la BUAP, quienes, desde su experiencia, nos explican el trasfondo de esta propuesta y las implicaciones que podría para el país en diferentes ámbitos, como el social o empresarial.

¡Acompáñanos hasta el final para conocer todos los detalles!

SEGMENTOS

EPISODIO 3 | TEMPORADA 2

Reforma al poder judicial: implicaciones para la democracia

SEGMENTO 1: Estructura del Poder Judicial

MAZZIEL SANTIAGO:El Poder Judicial es autónomo e independiente, autónomo porque no depende de otro poder alterno para poder llevar a cabo sus funciones, ¿independiente por qué?, porque al ser un órgano impartidor de justicia, todos sus juzgadores o titulares jurisdiccionales dictan sus sentencias de manera libre, pero siempre deben estar fundadas en el derecho.

Por lo que hace a su organización, hoy en día, el Poder Judicial de la Federación se compone de una Suprema Corte Justicia de la Nación, del Tribunal Electoral, de Tribunales Colegiados de Circuito, de Tribunales de Apelación o Colegiados de Apelación, como les llamamos hoy en día, Juzgados de Distrito, y de la misma manera, todos aquellos poderes judiciales de las entidades federativas que componen al Estado mexicano.

Entonces, esa es la estructura que hoy en día tienen. Y estos órganos, obviamente tienen titulares.

Los titulares, ¿quiénes son? De la Suprema Corte de Justicia, los multinombrados ministros o ministras de la Suprema Corte.

De ahí vamos al tribunal electoral, tribunales colegiados de circuito, tribunales colegiados de apelación. Ahí vamos a encontrar a magistrados y magistradas.

Nos vamos a los jueces de distrito, o bueno, perdón, en este caso ellos componen a los juzgados de distrito.

Entonces, en ese sentido vamos a ir viendo cómo van colocándose cada uno de ellos en distintos rubros del Poder Judicial como titulares del órgano jurisdiccional.

SEGMENTO 2: El papel del Poder Judicial

BRUNO VÁZQUEZ: Específicamente, el Poder Judicial mexicano, si bien no es un tribunal constitucional, ejerce como si fuera un tribunal constitucional, precisamente porque controla que ninguna reforma que hagan los legisladores a leyes reglamentarias o reglamentos contravengan su parte dogmática referente a los derechos humanos ni su parte de representación democrática, estrictamente lo que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que no nos debemos olvidar, es política, porque es producto de una coyuntura social armada en la cual se estableció como supremacía política la democracia representativa, democrática, federal, con separación de poderes, son cosas que jamás van a poder reformarse de la Constitución hasta que ésta sea derogada completamente y se haga una nueva Constitución, en la cual no se contempla la división de poderes.

SEGMENTO 3: Eliminación del Consejo de la Judicatura

MAZZIEL SANTIAGO: Lo que se pretende hacer es extinguir a este Consejo de la Judicatura, por su denominación, para dar lugar a la creación de dos órganos.

En este caso va a ser de un Tribunal de Disciplina Judicial y un órgano administrativo judicial.

El Tribunal de Disciplina Judicial, como su nombre lo indica, se va a encargar de llevar a cabo los procesos en donde tengan que conocer de alguna falta que haya cometido algún juzgador, vamos a llamarlo alguien que pertenezca al Poder Judicial de la Federación, a efecto de poder aplicar una sanción.

Por otra parte, el órgano administrativo, pues se va a encargar de todo el tema de recursos humanos, por así decirlo, el tema de administración, del instituto de la carrera judicial, de la escuela judicial en este caso, del instituto también que tiene que ver con la defensoría pública, que son los defensores de oficio o defensores públicos, ¿no?, antes llamados de oficio.

SEGMENTO 4: Autonomía e independencia del Poder Judicial

BRUNO VÁZQUEZ: La reforma no va en contra de la autonomía y de la independencia, va en el sentido de que, para asegurar la autonomía y la independencia, por decirlo del espíritu de la ley, habría que darle un sentido de legitimidad en el sentido de lo que establece el 39 para adelante, que son la parte de cómo se eligen los representantes del Estado mexicano, por el voto popular y directo.

En la idea de que los ciudadanos van o pudieran obligar, tal vez moralmente, a los electos y que respondan a las demandas de justicia que legítimamente la gente pretende hacer, pero no va en contra de la autonomía ni de la independencia.